NOVEDOSA SENTENCIA SOBRE PROHIBICION ALQUILER TURISTICO TS 3 OCTUBRE 2024 Nº 1233/24

Se nos ha consultado recientemente sobre la posibilidad de prohibir, en las Comunidades de Propietarios, los alquileres vacacionales, debido a la novedosa Sentencia 12333/2024 de 03 de octubre de 2024 que facultad de prohibición con la existencia de una mayoría reforzada:

“…Por otra parte, atribuir dichas facultades a los propietarios encuentra su fundamento en la consideración de que el desarrollo de una actividad de tal clase genera molestias y perjuicios (…) y que la realidad social constata, especialmente en zonas de mayor incidencia turística, en las que el ocio difícilmente se concilia con el descanso de los ocupantes de las viviendas con fines residenciales, que son, en su caso, quienes adoptarán el acuerdo limitativo, siempre que reúnan la mayoría cualificada de los 3/5 del número de propietarios y cuotas de participación impuestas por la ley, que respeta la regla de la proporcionalidad de la medida en cuanto a los intereses en conflicto….es perfectamente legítimo, en el régimen de propiedad horizontal, a los efectos de conciliar los intereses estrictamente privativos con los generales concurrentes inherentes a su naturaleza jurídica, establecer legítimas restricciones o prohibiciones a las facultades de goce que, con respecto a los pisos o locales del inmueble, corresponden a sus propietarios; siempre que se trate, claro está, de un acuerdo adoptado conforme a derecho y con respeto a los límites impuestos (…) el espíritu y finalidad de la norma no es contrario, sino que propicia precisamente la interpretación de que la limitación de la actividad del alquiler turístico comprenda su prohibición…”.

Se considera, por lo tanto, que impedir el uso para el alquiler turístico es una expresión válida de las limitaciones que otorgan el art. 17.12 de la LPH (prohibir es, después de todo, el máximo límite posible a imponer), sin que haciéndolo se altere el contenido esencial del derecho de propiedad.

 

Virginia Casajuana

CASAJUANA ABOGADOS