- 4 mayo, 2020
- Publicado por: gestioncasajuana
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Desde nuestro Departamento de Arrendamientos, CASAJUANA ABOGADOS, quiere aclarar la falsa creencia que circula estos dias de que con esta crisis del COVID 19, los arrendadores están obligados a reducir la renta o a no cobrar, o dicho de otro modo, que los arrendatarios o inquilinos, pueden dejar de pagar u obligar al propietario a que le rebaje la renta. No es cierto. La clausula que tanto circula estos días entre leguleyos de REBUS SIC STANTIBUS, de aplicarse, ha de hacerse ante los Tribunales, es decir, el mero hecho de invocarla en una carta, no da derecho ni impone obligación alguna. En segundo lugar, los Reales Decretos emitidos sobre el particular, en concreto RD 11/2020 de 31 marzo y DR 15/2020 de 21 de abril, distinguen, los grandes tenedores (mas de 10 inmuebles) del resto (que es el 90% de los casos), y solo obliga a los primeros, a tomar medidas beneficiosas respecto a sus inquilinos; por tanto, los propietarios y los inquilinos están abocados a llegar a acuerdos, sopena de querer judicializar el tema. Mi consejo, facilitar por parte del propietario una moratoria del pago o reducción del precio un par de meses, ya que al Juez no le gustara saber que el propietario no ha colaborado, pero tampoco el inquilino puede abusar de este hecho, porque tiene consecuencias juridicas en contra.
Virginia Casajuana